Tras accidente del 11 de octubre que cobró dos vidas en Botadero Cráter Norte, autoridad minera dispone detención de operaciones en zonas expuestas a riesgos geológicos. Codelco debe acreditar medidas de seguridad para reiniciar.
El Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) dispuso la paralización provisional de actividades operacionales en sectores de División El Teniente tras el alud ocurrido el domingo 11 de octubre en el Botadero Cráter Norte, que alcanzó a cuatro trabajadores contratistas y provocó el fallecimiento de dos de ellos.
La medida de Sernageomin afecta específicamente al lugar del accidente y otras zonas de la faena expuestas o potencialmente expuestas a aludes, remociones de terreno u otros fenómenos naturales, priorizando los sectores ubicados desde Planta Sewell hacia cotas superiores. La restricción no implica paralización total de División El Teniente, la principal faena de cobre de Codelco.
Codelco deberá identificar y delimitar técnicamente las áreas comprometidas en un plazo de tres días hábiles y presentar antecedentes que respalden el levantamiento de la medida. La empresa debe acreditar condiciones seguras mediante revisión integral de gestión de riesgos, implementación de acciones preventivas y correctivas, protocolos de emergencia verificados y plan de reinicio progresivo.
Exigencias técnicas para reanudar operaciones
Mauricio Lorca, director nacional de Sernageomin, señaló que “nuestra prioridad es resguardar la seguridad de quienes trabajan en la faena. Por eso dispusimos la paralización provisional de los sectores afectados o potencialmente expuestos a riesgos similares, mientras se esclarecen las circunstancias del accidente”.
El subdirector nacional (s) de Minería de Sernageomin, Gabriel Jeldres, enfatizó que “Codelco deberá acreditar con antecedentes técnicos y verificables que los riesgos se encuentran adecuadamente controlados. No basta con presentar compromisos: las medidas deben estar implementadas y su eficacia comprobada en terreno”.
Mientras se mantenga la restricción, solo podrán realizarse acciones indispensables vinculadas a emergencias, evaluaciones técnicas, control de riesgos y medidas correctivas. El levantamiento podrá autorizarse de manera parcial o total una vez que Sernageomin verifique en terreno que existen condiciones seguras para retomar las operaciones.



