La Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados aprobó y despachó el acuerdo regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe, adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018 (boletín 14852).
Desde la Cámara Baja informaron que se respaldó el tratado, no obstante, hubo requerimientos por parte de algunos parlamentarios. Estos presentaron una “declaración interpretativa” que fue aprobada por unanimidad. Ella viene a aclarar el sentido y alcance de las normas en derecho interno, solución de controversias y la autoejecutibilidad.
La ministra de Relaciones Exteriores, Antonia Urrejola, señaló que “el dialogo siempre es importe porque se pueden alcanzar acuerdos en temas tan transversales como la defensa del medio ambiente y de los defensores ambientales”.
El Acuerdo de Escazú
Desde la Cámara explicaron que el acuerdo establece el derecho de acceso a la información, de modo de garantizar la transparencia de la información ambiental, en su dimensión pasiva y activa.
Asimismo, en el documento se consagra el derecho de acceso a la participación en el proceso de toma de decisiones ambientales, particularmente, respecto de proyectos o actividades de impacto significativo sobre el medio ambiente. Incluye aquellos que afecten la salud y asuntos ambientales de interés público.
También presenta normas en torno al acceso a la justicia en asuntos ambientales, como indica el texto. En ese sentido, cautela las garantías del debido proceso, para acceder a instancias judiciales y administrativas.
Como indica el acuerdo, además dispone que cada parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad.
El acuerdo entró en vigencia el 22 de abril de 2021, tras constatarse la ratificación de 11 de los Estados parte. En la actualidad, según explicó la Cámara Baja, el número alcanza a 12 Estados: Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, y Uruguay.
Declaración interpretativa
Sobre la “declaración interpretativa”, desde la Cámara indicaron que el texto apunta a la aplicación del acuerdo en relación al derecho interno. Además, se reconocen los avances del país en materia de acceso a la información, participación y acceso a la justicia ambiental.
De la misma forma, precisa el sentido y alcance de la cooperación para la implementación del acuerdo en el país, y destaca que no aplica para demandas limítrofes ni exigencias que no son parte del tratado internacional.
Por último -como explicó la Cámara- establece que la autoejecutabilidad se implementará de acuerdo a las posibilidades y prioridades nacionales, respecto al acceso a la información pública, participación ciudadana y derecho al acceso a la justicia en materia ambiental.