La Comunidad Indígena Atacameña de Peine alegan que no se abordaron correctamente sus observaciones ciudadanas en la evaluación ambiental del proyecto.
El Primer Tribunal Ambiental admitió a trámite la reclamación presentada por la Comunidad Indígena Atacameña de Peine en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por el rechazo de la reclamación administrativa que habían interpuesto respecto de la resolución de calificación ambiental (RCA) que aprobó el proyecto “Ajustes Operacionales Área Mina”, de la Compañía Minera Zaldívar SpA (CMZ).
La Comunidad Indígena Atacameña de Peine reclama que sus observaciones ciudadanas presentadas durante la evaluación ambiental del proyecto no fueron abordadas correctamente en la resolución reclamada, ni en la RCA.
La reclamante indica que la RCA no se habría hecho cargo de impactos significativos del proyecto sobre los recursos hídricos, en tanto perpetúa la extracción de 212,75 l/s de agua subterránea desde el acuífero Monturaqui-Negrillar-Tilopozo (MNT). Además, plantea que dicho instrumento ignora los impactos acumulativos y sinérgicos de la extracción de aguas subterráneas de manera continua, entre otros.
Además, afirma que se define un área de influencia de 11 km alrededor del proyecto, excluyendo territorios ancestrales de la Comunidad de Peine de la evaluación ambiental y que no existió un proceso de consulta indígena.
Por último, la comunidad alega que existiría un fraccionamiento del proyecto para evitar una evaluación más exhaustiva mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), entre el proyecto “Ajustes Operacionales Área Mina” y el proyecto “Extensión de Vida Útil con Transición Hídrica”, ambos de titularidad de CMZ, en circunstancias que están directamente relacionados.
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