El Decreto Supremo N° 014-2026-EM modifica el reglamento ambiental para exploración minera y permite que proyectos de hasta 60 plataformas puedan evaluarse mediante Declaración de Impacto Ambiental en 30 días hábiles.
El Ministerio de Energía y Minas de Perú (MINEM) informó la publicación del Decreto Supremo N° 014-2026-EM, norma que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, con el objetivo de hacer más ágiles y predecibles los procedimientos de evaluación ambiental.
La medida eleva de 40 a 60 el número de plataformas de exploración minera que pueden tramitarse mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), instrumento cuyo procedimiento de evaluación tiene una duración de 30 días hábiles.
Cambio en umbral para proyectos de exploración
Antes de esta modificación, los proyectos que superaban las 40 plataformas debían ingresar mediante un Estudio de Impacto Ambiental semidetallado, con un plazo de evaluación de 90 días hábiles.
Con el nuevo decreto, el MINEM busca optimizar los tiempos de tramitación para iniciativas de exploración, manteniendo —según la autoridad— los estándares de protección ambiental vigentes.
El ajuste forma parte de una agenda orientada a dinamizar la cartera de exploración minera en Perú, promover inversión privada y entregar mayor seguridad jurídica a los administrados.
Procedimientos y observaciones
La norma también regula plazos para autoridades y administrados durante el procedimiento de evaluación ambiental. Entre sus disposiciones, busca evitar duplicidad de observaciones entre entidades evaluadoras y establece mecanismos de asistencia técnica para que los titulares puedan responderlas oportunamente.
Además, permite notificar al administrado con las observaciones de la entidad evaluadora aun cuando una entidad opinante demore en emitir su informe, evitando que el procedimiento quede suspendido por ese motivo.
MINEM descarta rebaja ambiental
El ministro de Energía y Minas de Perú, Waldir Ayasta Mechán, sostuvo que la norma no implica una disminución de los estándares ambientales.
“Esta norma no significa ceder terreno en materia ambiental; los estándares de protección se mantienen intactos. Lo que hacemos es ordenar y agilizar el procedimiento, para que el país pueda contar con más proyectos de exploración, más inversión y más empleo”, señaló.
El decreto cuenta con el refrendo del ministro de Energía y Minas y de la ministra del Ambiente, además de la firma del presidente de la República.
La modificación se produce en un contexto regional donde distintos países mineros buscan mejorar la competitividad de sus procesos de permisos, especialmente en exploración, etapa clave para reponer recursos, ampliar carteras de proyectos y sostener producción futura.
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