La Comisión de Evaluación de Atacama calificó favorablemente la iniciativa de El Zorro S.C.M., que contempla 300 plataformas de sondaje y una superficie máxima de prospección de 1.869 hectáreas en la comuna de Caldera.

La Comisión de Evaluación de la Región de Atacama calificó favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Prospección Minera Ternera Fase II”, iniciativa presentada por El Zorro S.C.M. que considera una inversión de US$40 millones para ampliar las actividades de prospección minera en la comuna de Caldera.

El proyecto contempla la habilitación de 300 plataformas de sondaje de 15 por 15 metros, junto con una red de caminos internos para acceder a ellas. Su objetivo es reducir las incertidumbres geológicas del área mediante nuevas campañas de perforación, dando continuidad a las actividades desarrolladas en la primera fase del proyecto.

La iniciativa se ubicará aproximadamente 130 kilómetros al noroeste de Copiapó, a una altitud cercana a los 650 metros sobre el nivel del mar, dentro de un polígono de prospección de 1.869 hectáreas.

Proyecto amplía una prospección aprobada en 2021

Ternera Fase II corresponde a una modificación del proyecto original “Prospección Minera Ternera”, aprobado ambientalmente en junio de 2021 mediante la RCA N°146/2021.

La nueva fase mantiene el objetivo de la iniciativa inicial: obtener información geológica suficiente para definir con mayor precisión la continuidad, geometría y características de la mineralización presente en el sector.

Debido a que la ubicación definitiva de los sondajes dependerá de los resultados que se obtengan durante la campaña, el titular no definió anticipadamente la posición exacta de cada plataforma ni de todos los caminos internos. Por esta razón, la evaluación consideró la totalidad del polígono de 1.869 hectáreas como superficie máxima susceptible de intervención.

Autoridad concluyó que no requiere un EIA

La resolución señala que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable y con los requisitos asociados a los permisos ambientales sectoriales correspondientes.

Asimismo, la autoridad determinó que la iniciativa no genera los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley N°19.300 que obligarían a presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

La recomendación favorable consideró la Declaración de Impacto Ambiental, una Adenda presentada el 30 de junio de 2025 y una Adenda Complementaria ingresada el 29 de mayo de 2026. El Comité Técnico de Atacama revisó la iniciativa el 19 de junio de 2026 y la Comisión de Evaluación acordó calificarla favorablemente el 30 de junio de 2026.

Fase II utilizará personal de la operación actual

Como la primera etapa se encuentra actualmente en operación, el titular proyecta utilizar en la Fase II la misma dotación laboral empleada en las actividades de prospección vigentes.

El proyecto también considera regularizar una instalación de faenas cuya ubicación y superficie fueron modificadas respecto de lo aprobado originalmente. Según los antecedentes ambientales, el emplazamiento contemplado en la primera fase no disponía del espacio suficiente para albergar todas las obras requeridas.

Además, la iniciativa reemplazará la planta de tratamiento de aguas servidas originalmente considerada por una fosa séptica ubicada junto a la instalación de faenas.

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