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Chile

Orden de no innovar restringe operación de instalaciones de Enami

La estatal informó que ha deducido los recursos procesales pertinentes solicitando que la medida sea dejada sin efecto a la brevedad.

A través de un Hecho Esencial, enviado a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), la Empresa Nacional de Minería (Enami) dio a conocer que, con fecha 15 de octubre de 2026, fue notificada de una resolución dictada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, en eI marco del Recurso de Protección Rol NO 1669-2026, mediante la cual se decretó una orden de no innovar que dispone la suspensión de la depositación de nuevos relaves en el Depósito de Relaves Espesados del Complejo Productivo Sur (Ex Planta Delta), mientras se tramita dicha acción constitucional.

La medida cautelar afecta temporalmente una instalación esencial para la operación del Complejo Productivo Sur, restringiendo la continuidad de la línea de tratamiento de sulfuros y la recepción y procesamiento de minerales provenientes tanto de operaciones propias como de terceros productores, con los consiguientes efectos operacionales y económicos para la Empresa.

Enami informó que ha deducido los recursos procesales pertinentes solicitando que la medida sea
dejada sin efecto a la brevedad,
y continuará adoptando todas las acciones necesarias para resguardar la continuidad de sus operaciones y mitigar los efectos derivados de esta resolución.


Fuente: MCH

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