Ayer fue aprobada la norma que caduca todos los derechos de aprovechamiento de agua que fueron entregados bajo la vigencia del Código de Aguas de 1981.
En el contexto del sistema del agua en el país, durante la tarde de ayer fue aprobada la norma que caduca todos los derechos de aprovechamiento de agua que fueron entregados bajo la vigencia del Código de Aguas de 1981 por la Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constituyente.
La iniciativa impulsada por Victorino Atilef, Francisca Linconao, Isabel Godoy, entre otros constituyentes, plantea también que, en casos excepcionales, los titulares de los derechos caducados sean susceptibles a indemnización.
Al respecto, la norma señala que “no serán indemnizados los que teniendo derechos de aprovechamiento los hayan utilizado para los siguientes fines: minería, agroindustria, forestales, sanitarias y cualquier otro uso a escala industrial que involucre el uso intensivo de agua”.
¿Qué pasará con las nuevas licencias?
De acuerdo con lo que describe el texto, se podrán entregar licencias para uso y aprovechamiento racional del agua, si es que están asociadas a usos específicos, temporales y que cuenten con un caudal mínimo para mantener los ecosistemas, así como los medios de subsistencia y bienestar de las comunidades.
Las licencia serán “modificables, revocables o extinguibles por la autoridad respectiva, según la suficiencia del caudal o fuente de donde se extrae la seguridad hídrica para el consumo humano o cualquier otra razón de interés general”.
Asimismo, las comunidades, naciones y pueblos preexistentes que habiten los territorios deberán participar en todas las instancias de gestión de las aguas. Además, se establece que el agua no podrá ser objeto de apropiación privada.
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