El Ministerio de Energía ingresó a la Contraloría General de la República el reglamento de seguridad de instalaciones de hidrógeno, el cual considera diez títulos y cuatro disposiciones transitorias.
El primer documento «establece los requisitos mínimos de seguridad que deberán cumplir las instalaciones de hidrógeno con fines energéticos, en las etapas de diseño, construcción, operación, mantención, reparación, modificación, inspección, puesta en servicio y término definitivo de operaciones, y en las cuales se realizarán las actividades de producción, acondicionamiento, envasado y consumo de hidrógeno».
También se estipulan las responsabilidad y obligaciones de los actores que intervengan en estas actividades, además de mencionar las normas nacionales e internacionales que son aplicables.
Uno de los puntos que contempla el reglamento es que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y otros organismo autorizados, establecerá un protocolo o norma de certificación.
Asimismo, se indica que las tuberías que transporte hidrógeno deberán ser de color amarillo, con dos anillos de color rojo.