En la Convención Constitucional se han estado discutiendo diversos temas que atañan al sector minero de manera directa. A raíz de ello, surgen análisis relacionados con la posibilidad de entregarle a los minerales la categoría de no apropiabilidad, a la nacionalización de la minería y al reconocimiento constitucional de la democracia ambiental o reconocimiento de los derechos de la naturaleza.
Sobre estos tópicos, sobre los principales desafíos de la agenda constituyente para el sector minero y las principales propuestas que se deben tener en consideración en la Convención Constitucional, el ingeniero comercial y economista de la Fundación Terram, Telye Yurisch Toledo, comparte su visión con MINERÍA CHILENA.
El ejecutivo enfatizó que esta medida sería uno de los cambios más robustos y relevantes, ya que “viene justamente dado por la propuesta de articulado de bienes comunes naturales. Este artículo pondría fin a la doctrina jurídica que otorga derechos administrativos mineros con un carácter indefinido y patrimonial, superando la visión privatista del modelo de concesión plena”.
¿Cómo evalúa las decisiones que los constituyentes de la Convención han estado tomando en torno al sector minero? ¿Qué se espera de la Convención Constitucional en torno a la minería?
Si uno revisa hasta ahora las normas que han sido aprobadas en particular por el pleno de la Convención, puede identificar algunas normativas que debieran tener alguna implicancia en el sector minero, como puede ser el reconocimiento constitucional de la democracia ambiental o el reconocimiento de los derechos de la naturaleza. Eventualmente, ambos podrían generar mayores exigencias y consideraciones al momento de ejercer la actividad minera. En cuanto a las normativas con una implicancia más explícita para el sector minero, se puede relevar el reconocimiento de la categoría de “bienes naturales comunes” o la “nacionalización de la minería”, los que pueden traer cambios sustantivos para la propiedad minera y reconfigurar la gobernanza del sector, no obstante, pareciera que aún no existen los consensos necesarios para que estos últimos logren ser aprobados por el pleno.
A su parecer, ¿cuáles son las principales propuestas que debe tomar en cuenta la CC?
Creo que el reconocimiento de las sustancias minerales-metálicas y no metálicas- como bien natural común o bien público natural podría ser una propuesta relevante, ya que, además de otorgarle una categoría de no apropiabilidad a las sustancias mineras, se les estaría entregando el rol de custodio al Estado sobre estos bienes minerales, teniendo un deber de conservarlos, resguardarlos y administrarlos de manera eficiente y equitativa, asegurando una gestión participativa y democrática.
A su juicio, con la nueva Constitución, ¿cuáles cree que son los cambios más robustos para el sector minero que la CC debiera de considerar?
El cambio más robusto y relevante viene justamente dado por la propuesta de articulado de bienes comunes naturales. Este artículo pondría fin a la doctrina jurídica que otorga derechos administrativos mineros con un carácter indefinido y patrimonial, superando la visión privatista del modelo de concesión plena. En este sentido, con la propuesta de articulado se dispone que el Estado podrá otorgar autorizaciones administrativas respecto de los bienes comunes naturales, entre estos los minerales, las que estarán sujetas a causales de caducidad, serán revocables y tendrán una temporalidad definida, cautelando además un acceso, uso y aprovechamiento de los mismos que busque siempre el interés público y no privado.
En el caso hipotético que se aprobase la Iniciativa de Norma en el Pleno de Nacionalizar la Minería, ¿Podría analizar pro y contras de lo que vendría?
Como se planteó anteriormente, tanto la iniciativa constitucional relacionada al reconocimiento de la categoría de “bienes naturales comunes” o la “nacionalización de la minería”, traerá, sin duda, una reconfiguración de la estructura de gobernanza que presenta el sector extractivo, lo cual tiene una serie de pros y contras. Desde nuestra perspectiva, el avanzar en el establecimiento de una denominación de bienes naturales comunes para las sustancias minerales abre la puerta para establecer mejoras en la institucionalidad, las políticas públicas y con ello en el desempeño del sector.
Un mayor control de las pertenencias mineras por parte del Estado podría contribuir a la implementación de una estrategia de buena gobernanza, en donde se establezcan procesos efectivos de participación y consulta; el desarrollo de empresas estatales modernas que no dependan de los gobiernos de turno, ni presenten intereses rentistas; el establecimiento de procesos concesionales y/o contractuales con criterios técnicos sectoriales y un alto control del Estado; el convenir con privados “acuerdos favorables”, en términos de tributación, beneficios locales y recursos para I + D; y, por último, en asegurar mecanismos de transparencia y rendición de cuentas, entre otros.
Ahora bien, sin duda dicha reconfiguración del control y propiedad de las pertenencias mineras va traer resistencias por parte del sector privado, en donde podrían existir riesgos de demandas en cortes internacionales al entender que habría ciertas afectaciones de carácter expropiatorio.