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Diputados aprueban legislar para fortalecer el sistema de alta dirección pública y el Servicio Civil

Profundizar los principios del mérito y la profesionalización como motores de un Estado ágil y comprometido al servicio de todos los habitantes de nuestro país es el objetivos del proyecto aprobado en general por la Sala de la Cámara, cuya finalidad es fortalecer el Sistema de Alta Dirección Pública (ADP) y la dirección nacional del Servicio Civil.

El informe de la Comisión de Hacienda, rendido por el diputado Leopoldo Pérez (RN), explica que, para sus fines, la iniciativa modifica la Ley 19.882, que regula la nueva política de personal para los funcionarios públicos. En este marco se determinan requerimientos en lo relativo a los estudios que encargará la dirección del Servicio Civil sobre remuneraciones y dotaciones de personal.

Asimismo, se le agregan nuevas funciones relacionadas al ámbito de la capacitación en los servicios públicos y para diseñar programas y planes de formación.

Paralelamente, se le encarga publicar en su sitio web el porcentaje de cumplimiento de los convenios de desempeño. Además, deberá evaluar, periódicamente, la calidad de la formulación, evaluación y cumplimiento de dichos convenios para los altos directivos públicos. Dichos antecedentes serán entregados al Presidente de la República, a lo menos, dos veces al año o cuando este lo requiera.

También le corresponderá instruir y supervisar el cumplimiento de las instrucciones de carácter general que dicte. Lo anterior, respecto del cumplimiento de los principios de mérito e idoneidad en los procesos de reclutamiento y selección del personal de los servicios públicos de la administración del Estado.

Banco de funcionarios y estrategia nacional

Otra facultad será administrar un banco electrónico de funcionarios del sector público destinado a facilitar la búsqueda y ofrecimiento de vacantes de empleo. Para ello, mantendrá una base de datos de los perfiles profesionales y la trayectoria laboral de aquellas personas que hayan ingresado a la administración del Estado a través de un proceso de reclutamiento y selección basado en mérito, o en certificaciones o acreditaciones de competencias laborales, según los criterios establecidos por el Servicio Civil.

Las instituciones que desarrollen los procesos señalados deberán entregar la información previo consentimiento de los funcionarios.

Este banco estará disponible al menos para ministros, subsecretarios y jefes superiores de servicio. Ellos podrán convocar a quienes lo integren a participar en procesos de reclutamiento y selección de sus instituciones o en nóminas de candidatos elegibles para desempeñar funciones en los órganos de la administración del Estado.

Adicionalmente, la dirección podrá proponer al Presidente la Estrategia Nacional de Desarrollo de Personas. Esta contendrá lineamientos generales destinados a orientar a la administración sobre las prioridades en el mediano plazo para la atracción de talento. De igual modo, respecto del desarrollo y el desempeño de los funcionarios públicos y los procesos de gestión necesarios para implementar la debida modernización del Estado.

A su vez, la dirección comunicará a los servicios públicos el Plan Anual de Capacitación Transversal. Junto a esto, se regla la forma en que estas capacitaciones se encargarán y el necesario seguimiento a su ejecución.