Explicar los factores que hay que considerar en el diseño del impuesto a la minería, fue el tema central de la presentación del académico de la facultad de Ingeniería de la Universidad Católica y miembro de Cesco, Gustavo Lagos, en el Seminario “Royalty Minero: más allá de la recaudación” realizado por el Centro de Estudios del Cobre y la Minería + EY.
El académico señaló que, en primer lugar, “hay que recordar que las empresas mineras distribuyen las utilidades en tres grandes segmentos (40 mineras mayores del mundo transadas en bolsa 2018); los impuestos 30%, la reinversión del capital 32%, y el pago al accionista 34%, además distribuyen el 1% a comunidades y a la sociedad y retienen 3% en caja. Esta distribución ocurrió en 2018, año de precio intermedio, ni demasiado alto ni demasiado bajo”.
En base a esto, Gustavo Lagos en conjunto con Cesco, realizaron una propuesta al Senado, donde explicó que “la propuesta nos reveló que hay que tener cuidado, si ponemos una línea roja (es decir, un límite) va a ocurrir que no podremos invertir como sería necesario”.
“Es decir la distribución de las utilidades no va a poder ser como ha sido históricamente y no hay que olvidarse que no podemos exigirle a las industrias ni a las empresas cual es la rentabilidad que pueden tener, ya que esto depende de los yacimientos, de cómo llegaron a ese yacimiento o cómo lo compraron en sus formas tempranas, pero tienen derecho a explotar ese yacimiento. Por lo tanto, esto es un típico comportamiento de gente que le gusta la planificación central, poniéndole tope a la rentabilidad de la industria y eso es absurdo”, añadió
Además, enfatizó en que “no sabemos cómo va a funcionar la tributación minera hasta muchos años después, cuando ya sea muy tarde, entonces hay que hacerlo bien la primera vez”.
En esta línea, Lagos agregó que “también hay que tener en cuenta los aspectos de mercado que pueden distorsionar el impuesto, los cuales son la inflación del dólar -esto hace suba el precio nominal del dólar en el futuro- y la inflación del peso, ya que si es muy distinta a la inflación del dólar, puede aumentar o reducirse en forma importante”.
“Si diseñas un royalty con el precio nominal, de aquí a dos años más, estará sobre la escala. Esto quiere decir que la nueva ley de royalty debe incorporar precio constante 2022 como referencia para fijar la tasa de royalty futuro”, aclaró Lagos.
Tipos de impuesto a construir
El académico de la PUC, destacó que el impuesto “tiene que estar basado en la rentabilidad de las empresas. Estos pueden capturar la renta ricardiana, que busca compensar a los países debido a la calidad de los yacimientos”.
En suma, afirmó que “el porcentaje adicional que captura el nuevo royalty tiene que estar a la vista, pero si este criterio pasa a ser el principal, entonces se puede alterar la disposición a invertir en minería en el futuro porque el pago a los accionistas puede ser muy pequeño, por lo que se reduce la capacidad de inversión”.
Finalmente, el académico señaló que “hay que cuidar que el nuevo royalty esté diseñado para todas las empresas, grandes y medianas que permita que estas sigan operando, de estas hay muchas en Chile, por lo menos 15 (ej: Tres Valles, Sierra Gorda, Caserones, Ojos del Salado, Spence, entre otras)”.