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SMA ordena Medidas Urgentes y Transitorias a los titulares del proyecto Parque Eólico Talinay

Esto, por el incumplimiento de medidas establecidas en la RCA frente a la colisión de aves contra las torres del parque.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó adopción de Medidas Urgentes y Transitorias a los titulares del proyecto Parque Eólico Talinay. Las empresas Eólica Talinay, Parque Talinay Oriente y Parque tlinay Poniente deben cumplir lo ordenado por un plazo de 60 días corridos.  

Las empresas habrían incumplido las medidas establecidas en el permiso ambiental frente a la colisión de aves (cóndores y halcones) y murciélagos contra las torres del parque. 

Este caso tiene como origen una denuncia ciudadana donde se informan al menos nueve eventos de colisión de cóndor con resultado de muerte, además de colisiones de otras aves, este último antecedente a partir de los informes de monitoreo del plan de seguimiento presentados a esta Superintendencia.  

Frente a estos antecedentes, la Oficina Regional SMA de Coquimbo encomendó al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) regional el examen de información respecto a los informes de seguimiento asociados a colisiones de avifauna. Dicha entidad remitió a la SMA un reporte técnico que contenía el análisis de 28 informes de seguimiento ambiental, correspondientes a los reportes trimestrales estacionales sobre monitoreo de aves y quirópteros del proyecto, desde el verano de 2019 hasta el verano de 2024. 

De este reporte se pudo constatar principalmente que, frente a colisiones de aves con instalaciones del proyecto, la empresa no implementó el compromiso de instalar disuasivos sonoros (ultrasonidos); y que las colisiones de quirópteros (murciélagos) que no fueron incluidos en la línea de base del proyecto ni en la evaluación ambiental, corresponderían a un efecto ambiental no previsto en la evaluación ambiental del proyecto. 

Actualmente, el proyecto consiste en un parque eólico con 77 aerogeneradores, 32 en la sección poniente y 45 en la sección oriente, los que poseen 90 metros de diámetro del rotor y una altura de 80 metros. Entre sus instalaciones, además de los aerogeneradores, el parque eólico contempla la construcción de líneas de transmisión subterránea y aérea, una subestación eléctrica, dos miradores y un centro cultural abierto. El proyecto se encuentra ubicado a la altura del kilómetro 354 de la Ruta 5 Norte, en la comuna de Ovalle. 

Medidas a cumplir

La primera medida que la empresa deberá presentar es un informe que acredite en forma fehaciente la instalación de disuasores de emisión de ultrasonido, en que se individualice el sector y los aerogeneradores en que fueron instalados y la fecha en que se haya realizado. 

Además, el titular del proyecto deberá presentar un informe, realizado por un profesional idóneo, que se refiera a la efectividad de la instalación de disuasores de emisión de ultrasonido y a las diferentes acciones alternativas para mitigar el riesgo de colisión de fauna voladora (aves y quirópteros), distintas a la medida complementaria denominada “pintado de aspas” indicada en la RCA N°158/2019.  

Dicho reporte deberá concluir cuál es la o las acciones que de mejor manera se ajustarían a la realidad del proyecto, y proponer un cronograma de implementación de las acciones que resulten adecuadas.  

Junto con lo anterior, la empresa deberá realizar la ejecución del cronograma para la implementación de las acciones para reducir el riesgo de colisión de fauna voladora en las torres del Parque Eólico Talinay propuestas en el informe señalado previamente, las que deberán formar parte de los reportes de monitoreos.  

Por último, y como cuarta medida, el titular deberá presentar un informe de adecuación de las metodologías para el programa de censo continuo con datos de colisiones de fauna voladora, realizado por un profesional idóneo, que permita mejorar la representatividad de las campañas de monitoreo para reflejar adecuadamente las colisiones que se verifiquen en el Parque Eólico Talinay. 

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