La Corte Suprema confirmó el fallo que acogió demanda de constitución de servidumbre minera sobre un terreno fiscal y ordenó el pago de una indemnización a favor del dueño del predio sirviente de 2.702,17 UF.
El pasado 3 de febrero, la Corte Suprema constituyó la sentencia que hizo lugar a la demanda de constitución de servidumbre minera y ordenó el pago de una indemnización a favor del dueño del predio sirviente de 2.702,17 UF, las que deberán ser pagadas al contado y previo a la inscripción de las servidumbres.
“La demandante, Minera Lejano Oeste SA, sucedida legalmente por Minera Santo Domingo, es dueña de las pertenecías mineras ubicadas en la comuna de Diego de Almagro”, indica el fallo de la Corte Suprema.
Junto a esto, la resolución agrega que, el Fisco de Chile, “es dueño del predio superficial en que se pretende la constitución de la referida servidumbre, conforme inscripción de dominio a su nombre, reinscrita a fojas 111 vuelta número 105 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Diego de Almagro, correspondiente al año 1996”.
Asimismo, la judicatura del fondo estimó verificados los presupuestos básicos de la concesión de una servidumbre. En cuanto a su necesidad, conforme al informe pericial y a la naturaleza de las faenas mineras, “resulta indispensable para una mejor exploración, explotación y beneficio de los minerales y, al no afectar derechos de terceros, hacen lugar a la demanda de constitución de servidumbre minera”.
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