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Tribunal rechaza la petición de Tianqi por acuerdo del litio

Este jueves, la quinta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la petición de la empresa china Tianqi Lithium Corporation, que había solicitado suspender el acuerdo entre SQM y Codelco para explorar, en conjunto, las reservas de litio ubicadas en el Salar de Atacama, hasta el año 2060.

Tianqi, titular por más del 20% de la propiedad de SQM, recurrió a la justicia para dejar sin efecto la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que determinó que la asociación entre la compañía estatal y la minera no metálica requería ser votada en una junta de accionistas de SQM y solo bastaba la aprobación del directorio.

Fue el viernes de la semana pasada que la empresa china presentó el recurso argumentando que este acuerdo establece un precedente preocupante debido a la falta de transparencia y la vulneración de los derechos de los accionistas minoritarios.

En concreto, Tianqi sostuvo que por medio del acuerdo de asociación, “SQM enajenará su participación controladora en su filial SQM Salar S.A. y, todavía más, todo el negocio de explotación del litio”, por lo que una asociación de esa envergadura debía ser votada y aprobada con un quórum de dos tercios de los accionistas.

Por su parte, SQM argumentó que la alegación de Tianqi es equívoca, ya que el acuerdo de asociación no debe ser aprobado por una junta de accionistas, porque según la ley y la interpretación de la CMF, el directorio de SQM es el órgano competente para tomar esa decisión.

Además, sostienen que el acuerdo de asociación no implica ninguna enajenación de activos que requiera la aprobación de los accionistas según el artículo 67 de la Ley de Sociedades Anónimas.

En SQM aseguran que la implementación del acuerdo con Codelco no es irreversible y que cualquier decisión judicial futura sobre el reclamo podría ejecutarse sin afectar la operación.

Fuente: Biobíochile.cl